DELITOS ELECTORALES
- prensadigitalsuces
- 6 mar
- 2 Min. de lectura
Los Delitos Electorales, de acuerdo a la norma, son acciones u omisiones que vulneran o ponen en riesgo el sistema democrático, derechos político electorales y el adecuado ejercicio de la función pública electoral. Para comprender este concepto, en primer lugar se debe entender qué es la democracia, para lo cual nos remitiremos a su origen etimológico clásico, en donde esta palabra proviene del griego: δημοκρατία dēmokratía “demos”, “pueblo”, y “kratos”, Los derechos político-electorales son, de acuerdo al glosario de términos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, “las prerrogativas reconocidas exclusivamente a las y los ciudadanos, que facultan y aseguran su participación en la dirección de los asuntos públicos, incluido el derecho a votar y ser votada o votado, y también el derecho a asociarse con fines políticos”. gobierno. Por lo tanto, realizando una asociación de éstas, se traduce como “el gobierno del pueblo”.
Bajo esta premisa, se entiende que la democracia “es el sistema político en el cual la soberanía reside en el pueblo, y que la ejerce directamente o por medio de representantes”, como es el caso del sistema político mexicano.
Los derechos político-electorales son, de acuerdo al glosario de términos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, “las prerrogativas reconocidas exclusivamente a las y los ciudadanos, que facultan y aseguran su participación en la dirección de los asuntos públicos, incluido el derecho a votar y ser votada o votado, y también el derecho a asociarse con fines políticos” Señalando que dichas prerrogativas o derechos se encuentran en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, cuando se habla de la función pública electoral, se refiere al ejercicio o desarrollo de lo establecido en las Leyes Electorales, dividido en dos partes, por un lado, el que tiene que ver con las personas servidoras públicas de los órganos electorales, en donde éstas tienen el deber de observar y aplicar los principios constitucionales y legales que rigen sus funciones y, por otro lado, el respeto y no intromisión de los agentes externos al desarrollo de dichas funciones electorales. Con base en lo anterior, se puede concluir que el principal propósito de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, mediante la sanción a conductas antijurídicas (Delitos Electorales), es buscar proteger el sistema democrático, los derechos político-electorales de la ciudadanía y la función pública electoral, como rubros generales.
Señalando que de manera específica, entre otros puntos, se busca proteger el adecuado desarrollo del proceso electoral, es decir, se busca la equidad en la contienda entre los participantes, desde el inicio del referido periodo, hasta la culminación del mismo, pasando por las diferentes etapas que comprende dicho proceso; de igual manera, busca que se preserven las características del voto, recordando que este debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible, en el entendido que si se vulnera alguna de estas características, se estaría ante la comisión de un delito de tipo electoral.
Comentários